COSTA RICA (AndeanWire, 29 de Marzo de 2016) Medios de comunicación deben prestar atención a este llamado.

Ley No.9222 prohíbe divulgar información que asocie identidad entre la persona donante y la receptora.

 El Ministerio de Salud solicita a la población, especialmente a los medios de comunicación, no revelar cualquier tipo de información que permita asociar la identidad del donante con la persona receptora de órganos y tejidos humanos, tal y como regula la Ley 9222 “Ley de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos Humanos”.

De acuerdo con el artículo 6 de dicha Ley: “Los parientes del donante no podrán conocer la identidad del receptor, ni los parientes del receptor la identidad del donante cadavérico. La información relativa a donantes y receptores de órganos y tejidos humanos será recolectada, tratada y custodiada en la más estricta confidencialidad”.

La Ley No. 9222 “LEY DE DONACIÓN Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS HUMANOS”, regula en nuestro país las actividades relacionadas con la obtención y utilización clínica de órganos y tejidos humanos, incluidos la donación, la extracción, la preparación, el transporte, la distribución, el trasplante y su seguimiento para fines terapéuticos.

La utilización de órganos o tejidos humanos debe respetar los derechos fundamentales de la persona, los postulados éticos, la justicia, el respeto y la beneficencia, de conformidad con los principios rectores establecidos en la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud.

La protección de la identidad de las personas donantes o receptoras responde a la necesidad de respetar su intimidad y se fundamenta en el derecho que tiene toda persona a que aspectos de su vida privada no sean divulgados. Aún más, la difusión de esta información atenta contra el proceso de duelo de la familia donante.

Ante publicaciones recientes en la prensa nacional que dan a conocer posibles donantes, el Ministerio de Salud, desde la Secretaría Técnica de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos, externa su preocupación al respecto y hace un llamado respetuoso a los medios nacionales de acatar las disposiciones de esta Ley. Esta es una responsabilidad que no debe postergarse después de un hecho noticioso.

Ministerio de Salud. Oficina de Prensa. Tel: 2233-0683 Ext. 201. E-mail: prensa@ministeriodesalud.go.cr

FUENTE: COSTA RICA-MINISTERIO DE SALUD

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